jueves, 29 de junio de 2023

Enviado a Nuria Hernández Pibernat


 

El motivo del siguiente mensaje que le envío por sugerencia de mis abogados es el siguiente

Usted, Nuria Hernández Pibernat, DNI 35105436f y domiciliada en la calle Major 16 de la Prenyanosa, Cervera, figura en el documento de voluntades anticipadas de mi esposa, Susana Peña Fandiño, con dni 47924890c con el pintoresco encargo de "supervisar" las instrucciones necesarias establecidas en el documento legal antes citado.

Dado que usted aparentemente no tomó ninguna medida ni formuló consideración alguna respecto de la muerte de mi esposa, discrepo totalmente de que se le deba dar ningún papel que pueda deducirse de las instrucciones antes citadas, debido a que usted mostró una total indiferencia y desdén por la suerte de mi esposa, por lo que cualquier medida que sea preciso tomar, las tomaré yo en mi condición de esposo, obviándola a usted totalmente

Quiero recordarle los siguientes hechos

Mi esposa fue secuestrada del Hospital Clínic de Barcelona, por su hijo, un delincuente común llamado Juan Pablo Durán Peña, ladrón, estafador y proxeneta con la finalidad explícita de llevársela a Colombia para darle muerte, en connivencia criminal con su hermana, consiliaria (indigna) de la Universidad del Rosario (ya despedida), debido al odio que le tenía consecuencia de graves problemas mentales. 

Este delincuente quería evitar a toda costa las consecuencias legales de una estafa que había cometido en nombre de Susana, solicitando una gran cantidad de dinero en su  nombre y endosándole la deuda, como pudo comprobar cuando recibió la notificación legal de juicio monitorio numero 165-2019L instruido en su contra por el juzgado de primera instancia numero 65 de Barcelona

Los médicos desautorizaron categóricamente el traslado de Susana, que estaba medicada en ese momento con medicación de corticoides para tratarla de un trastorno neurológico que sufría desde octubre 18 y de una inflamación de orina mal curada. Pese a ello, el delincuente Durán, sobornó a un médico corrupto del Clínic, colombiano, como no podía ser de otra manera, para que a espaldas de la oncóloga que la trataba le firmase una alta unilateral que simulase haber sido solicitada por ella, algo que nunca se produjo

Tras su fallecimiento, hice ver al Hospital que si no aparecía un documento firmado por ella que justificase esa alta emprendería acciones legales.Al no existir el documento el médico colombiano fue despedido de su puesto , al haber vulnerado el artículo 21 de la Ley de Autonomía del Paciente  

Una vez en Colombia, se le retiró toda medicación y poco después uncluso hidratación y sedación, sufriendo un accidente cerebro vascular, consecuencia inevitable y esperable del traslado (ilícito) a ese país, no descartando por mi parte que se le aplicase por sus hijos algun tipo de tóxico para causarle la muerte

Actualmente tengo un certificado de defunción colombiano que incumple todos los requisitos legales que debe tener un documento de des etas características para ser legal, certificado por una presunta notaria de quien tengo dudas que esté legitimada para actuar como tal. Por si no ésto no fuese bastante, tengo un documento presentado por la policía de Bogotá ante la Fiscalía 16 de Colombia en el que la familia afirma abiertamente que mi esposa, en noviembre de 2020 estaba viva y yo, supuestamente viviendo en Colombia la estaba "acosando" y "amenazando su vida e integridad", solicitando ,a la policía (noviembre 20) protección hacia m esposa (fallecida quince meses antes) lo que causó otra denuncia penal por calumnias, falsa denuncia y fraude procesal  


Respecto de los hechos detallados en el testamento vital quiero expresar las subsiguientes vulneraciones del mismo que usted estaba legalmente obligada a reclamar, y que al no querer hacerlo, sea por indiferencia, desidia o desdén hacia la figura de mi esposa voy a tener que hacerlo yo por los siguientes puntos del documento


1)  Susana indica su voluntad de que los médicos le informen puntual y concretamente del estado de su propia salud asi como de la previsible evolución de la misma

El Hospital  vulneró este punto al falsear el alta  hospitalaria al conceder una alta unilateral  ilíicita sin informal ni justificar punto alguno de la evolución de su estado  


2) Susana establecía explícitamente que en el caso de que por su evolución  fisica o mental no pudiera tomar decisiones sobre su vida que:

No fuese mantenida con vida artificialmente con técnicas de soporte vital o alimentación artificial

En este caso podría decirse que se respetó hasta cierto punto, pero sólo hasta cierto punto, su voluntad, ya que tras ser llevada a la fuerza a Colombia , sabiendo sus hijos que este hecho era una gravísima amenaza para su salud, sufrir un Accidente cerebro vascular que nunca fue tratado médicamente  y quedar en estado semi vegetativo, su familia deliberadamente optó por  retirarle medicación, hidratación y sedación causándole una muerte inevitable sufriendo de manera especialmente cruel, para satisfacción de sus hijos. A esa muerte se llegó por causa de sus hijos,  y de la manera de gestionar el estado de salud de su madre, que fue especialmente cruel y sádica

Susana además en este documento, punto 2.2 establecía que en el caso citado en el párrafo anterior, se le suministrasen medicamentos paliativos para evitar sufrir, algo que no sólo no se hizo, sino que sus hijos hicieron por el odio que le tenían, exactamente lo contrario, incrementando de forma exponencial su sufrimiento para su diversión sádica

3) Para cumplir los preceptos indicados en los dos puntos anteriores, Susana designó para velar por ella a Nuria Hernández Pibernat, que como demostraron los hechos, se mostró completamente indiferente a la evolución de su situación médica 

4) Hay un punto 4 en el que Susana, a mi juicio de manera grávemente errónea aarentemente procede a liberar a cualquier equipo médico  de cualquier responsabilidad judicial y legal que se le s pudiese solicitar por parte delos "derecho habientes" (yo , como esposo)

Este hecho a mi juicio sería válido si tanto el equipo médico del Clínic hubiese respetado las indicaciones de la oncóloga que desaconsejó categóricamente su alta hospitalaria ; del propio médico colombiano que en un informe escrito que dispongo (y el cual, el delincuente Durán exigió que no se me entregase), desaconsejó categóricamente antes de recibir el soborno que le hizo cambiar de opinión, y por supuesto sería válido si el simulacro de equipo médico de la Mutua Emer Medica que tuvo en Colombia la hubiese atendido correctamente  Conservo la documentación del caso y por ejemplo, puedo mostrar como esa Mutua, en el único diagnóstico médico que formuló sugirió retirarle toda la prescripción médica que había recibido del Clínic y sustituirla por Paracetamol, ya que como dice ese único acto diagnóstico , lo único que tenía mi esposa era una "rinitis alérgica (Resfriado común)".

De verdad debo creer que mi esposa falleció por un simple resfriado?

Mis ex hijastros además vulneraron expresamente el último punto de esas voluntades anticipadas, a l proceder a incinerarla  y arrojarla al mar, como ella expresamente se había hartado de manifestar que no quería.  Su intención escrita era donar el cuerpo a la facultad de medicina, un dato que cambió en su voluntad  un año después cuando la incluí en mi póliza de decesos

Por todo ello le anuncio mi intención por todos los motivos antes expuestos, de tomar todas las medidas legales contra mis criminales ex hijastros, para depurar las correspondientes responsabilidades legales surgidas del homicidio de mi esposa, y le añado que a día de hoy contra ellos dos denuncias ante la fiscalía colombiana, estando además el homicidio demi esposa en  conocimiento de otros tres juzgados en Barcelona, uno civil y dos penales, lista que aumentará con las próximas medidas legales que voy a tomar, parte de las cuales son precisamente las que usted debería tomar en el caso de haber tenido algún tipo de consideración hacia mi esposa


Saludos

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